Sr Contribuyente:
Por Resolución Ministerial Nº 400/2014 del Ministerio de Hacienda y Finanzas, se establece:
- Interés resarcitorio del 3% mensual por la falta total o parcial de pago de los tributos, retenciones, percepciones, anticipos y multas (deudas en instancia administrativa).
- Interes punitorio del 4% mensual, cuando sea necesario recurrir a la vía judicial para hacer efectivo los créditos fiscales y multas.
La citada Resolución, será de aplicación a partir del 01 de noviembre del presente año, derogando así la Resolución del Ministerio de H. y Finanzas Nº 0026 del 18/01/2005.