RESOLUCION GENERAL Nº 93/2011

    19/01/2011

    Modificación de fecha de vencimiento de las DDJJ de Ag. Ret. y Per. IIBB

    En el marco del proceso de la mejora continua, que implica la permanente revisión de nuestros procesos operativos y con el objetivo de proporcionar a los contribuyentes la posibilidad de acceder a la información oportuna y eficaz, respecto de las retenciones y/o percepciones sufridas, contando con la misma al momento de generar de sus declaraciones juradas mensuales correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, además de otras cuestiones de índole funcional determinaron la necesidad de realizar modificaciones en el vencimiento establecido para los agentes de Retención y Percepción, de manera de lograr coincidencia entre la fecha límite para el depósito de las retenciones y/o percepciones realizadas por los agentes y la correspondiente presentación de la Declaración Jurada Informativa Mensual.

    Por ello la Resolución 93/2011 ha establecido como fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Informativa Mensual el día 10 (diez) del mes siguiente al cual corresponden las retenciones y/o percepciones practicadas.

    Además unifica la periodicidad de presentación de las declaraciones juradas informativas de manera de que todas las presentaciones se realicen mensualmente independientemente de la existencia o no de movimientos o del monto de las retenciones/percepciones realizadas, asimilando esta metodología a los demás regímenes de recaudación.

    La Resolución completa se encuentra disponible en la opción Normativas