Contribuyentes de Convenio Multilateral

    24/11/2015

    Se informa que en virtud de la Resolución General Nº 03/2015 de la Comisión Arbitral, se establece como única identificación para todos los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Convenio Multilateral, el número de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).