06/01/2016
A los efectos de la liquidación del Impuesto de Sellos en los instrumentos que exterioricen la inscripción de vehículos nuevos en los registros respectivos, contratos de transferencia, compraventa o permuta de automotores y/u otras unidades autopropulsadas serán de aplicación los valores establecidos en la Disposición 660/2015, que se encuentra disponible en el sitio web de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.
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