• Régimen de Calificación Fiscal para Contribuyentes de Impuestos Provinciales

    19/12/2013

    Señor Contribuyente:

                                     La Dirección General de Rentas de la Provincia de Corrientes, implementa a través de la Resolución General Nº 120/2013, el Sistema de Calificación Fiscal de Contribuyentes y Responsables de Impuestos Provinciales, con el objeto de evaluar la conducta fiscal de los mismos. 

    Este sistema, está disponible en el sitio web del Organismo, para que los para usuarios que posean Clave de Acceso Virtual,  consulten su Calificación Final por CUIT y las Calificaciones Parciales que poseen por tributo.

    Para la mencionada evaluación fiscal, la D.G.R., considerará los siguientes parámetros, correspondientes a los últimos cinco períodos fiscales no prescriptos:

    1. Cumplimiento en la presentación de las declaraciones juradas mensuales y anuales.
    2. Cumplimiento en el pago de las obligaciones fiscales (incluyendo los planes de facilidades de pago).
    3. Existencia de deuda exigible (Importe, antigüedad y gestiones de cobro).
    4. Incumplimiento en sanciones o multas
    5. Grado de localización del contribuyente en el domicilio fiscal declarado.
    6. Nivel de cumplimiento ante requerimientos de la Dirección.
    7. Resultado de las fiscalizaciones o verificaciones.
    8. Otros parámetros no mencionados precedentemente.

    Los niveles de Riesgo establecidos: 1- Sin Riesgo Fiscal, 2-Riesgo Fiscal Bajo, 3-Riesgo Fiscal Medio y 4-Riesgo Fiscal Alto. 

    La calificación de los contribuyentes servirá de base para las acciones que la Dirección General de Rentas adopte para optimizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

    A los efectos de la aplicación de este sistema, la Dirección utilizará la información disponible en su base de datos, y toda otra información suministrada por agentes de información, empresas prestatarias de servicios públicos, organismos públicos, entidades financieras (en los términos del artículo 10 inc. 6 del Código Fiscal). 

    Podrá ingresar a la seccion de Ayuda para acceder al instructivo que explica la forma de operar la funcionalidad.

    Los Contribuyentes y/o Responsables, que consideren errónea la categorización asignada por la DGR, podrán efectuar su reclamo en los plazos previstos en la reglamentación aportando las pruebas respectivas en el expediente administrativo correspondiente.

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