• Consignatarios / Rematadores de Hacienda

    01/04/2014

    Se establece por Resolución General Nº 126/2014, un Régimen de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades de comercialización concertadas y/o perfeccionadas, por intermediarios de productos pecuarios.

    La citada resolución, vigente a partir del 01/04/2014, establece que actuarán como Agentes de Percepción del presente régimen, los consignatarios, rematadores y sujetos de que realicen tareas de intermediación de hacienda, quienes practicarán la percepción entregando un comprobante emitido desde el sitio web del Organismo.

    Los sujetos percibidos podrán exhibir el comprobante de percepción como pago a cuenta del impuesto, en los puestos de control fiscal de la DGR (RG 34/2005 DGR).

    La inscripción de los sujetos designados a actuar como Agentes de Percepción, se realizará en forma presencial en las oficinas de la DGR.

    Requisitos:

    • Estar inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Régimen Local o Régimen Convenio Multilateral en la actividad de intermediación en la comercialización de hacienda.
    • El trámite deberá ser iniciado por el titular o apoderado munido de la documentación que acredita dicha condición

    Documentación a presentar:

    • Formulario F2013 Inscripcion Agente de Percepción Consignatarios /Rematadores de Hacienda debidamente integrado por duplicado.
    • Acreditación de Personería.

    Obligaciones Posteriores:

    • Efectuar la percepción a través de la página WEB (www.dgrcorrientes.gov.ar), ingresando con CAV (Clave de Acceso Virtual), a la opción “RETENCION Y PERCEPCION.”
    • Generar y presentar la declaración jurada como agente de percepción a través de la pagina WEB), ingresando con CAV (Clave de Acceso Virtual), a la opción “RETENCION Y PERCEPCION.”

    La funcionalidad web para los Agentes de Percepción les permitirá:

    • Registrar cada operación en la que intervengan, ingresando información sobre las partes intervinientes, la fecha de la operación y las cantidades y especies transadas.
    • Emitir el comprobante de percepción para cada una de las operaciones.
    • Emitir el cupón de pago para ingresar a favor del fisco provincial, las percepciones practicadas
    • Generar y presentar la declaración jurada por el período en cuestión.
    • Consultar las declaraciones juradas.

    Para mayor información, ingresar a la sección de Ayuda del sitio web donde se encuentra descripta la forma de operar la funcionalidad para los Agentes de Percepción; o contactarse con la Mesa de Ayuda de la DGR.

    HORARIO DE ATENCION: de Lunes a Viernes en horario corrido de 07:30 a 18:30 HS
    Teléfonos:
    • Provincia de Corrientes: 0800-555-7376
    • Resto del Pais: 0810-555-7376
    e-mail: mesadeayuda@dgrcorrientes.gov.ar

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