• Gravamen adicional del Impuesto Inmobiliario Rural

    18/10/2012

    Como consecuencia de la política de Estado orientada a la realización de acciones de gobierno para solventar la lucha fitozoosanitaria encarada por el Ministerio de la Producción, Trabajo y Turismo, el Poder Legislativo de la Provincia de Corrientes ha establecido con carácter extraordinario y para el presente ejercicio fiscal, un gravamen adicional a ser abonado por los Contribuyentes y/o responsables del Impuesto Inmobiliario Rural que será igual al 20% del impuesto devengado en el año 2012, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 6.151 del 03-10-2012 y el  Decreto 2.300 del 09-10-2012.

    Con este gravamen se propicia, ampliar las perspectivas de ingresos genuinos, destinados a la incorporación de recursos, constituyendo así un instrumento más de gestión conjunta con los sectores del gobierno provincial a través del Fondo de Desarrollo Rural.

    Es importante mencionar que no se encuentran alcanzados por el gravamen adicional, los contribuyentes que abonen el impuesto mínimo anual establecido en el art. 104 del CF y el art. 2 b) de la Ley tarifaria vigente ($100).

    La fecha de vencimiento para el pago de este gravamen es el 10 de diciembre de 2012, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 2409 del 15-10-2012.

    Los avisos de vencimiento para el pago podrán obtenerse en los puestos de atención al Contribuyente o en el sitio web de la DGR,  www.dgrcorrientes.gov.ar en calidad de usuario registrado.

    Para mayor información podrán contactarse con la Mesa de Ayuda de la DGR.

    HORARIO DE ATENCION: de Lunes a Viernes en horario corrido de 07:30 a 18:30 HS
    Teléfonos:
    • Provincia de Corrientes: 0800-555-7376
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