07/12/2012
Mediante Ley Nº 6.172 del 15-11-2012 se modificó el “inciso e” del artículo 134 del Código Fiscal.
El artículo mencionado quedó redactado de la siguiente forma:
e) la edición de libros, diarios, periódicos y revistas de carácter cultural, científico, técnico, deportivo, de actualidad y difusión o información en todo su proceso de creación, ya sea que la actividad la realice el propio editor o terceros por cuenta de éste.
Igual tratamiento tendrán la distribución y venta de los impresos citados.
Están comprendidos en esta exención los ingresos provenientes de la locación de espacios publicitarios (avisos, edictos, solicitadas, etcétera).
Por Decreto 2.822 del 03-12-2012 el poder ejecutivo establece que se tendrá por ley de la Provincia la ley Nº 6.172 de la Honorable Legislatura.