Decreto N° 3771: Prorroga Emergencia Agropecuaria

    Corrientes, 22 de diciembre de 2022

    Visto:

    La Ley Nacional Nº 26.509, la Ley Provincial Nº 5.978, el Decreto Nº 2.060/2022 y el Acta de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, y

    Considerando:

    Que según el artículo 1° del Decreto N° 2.060/2022 el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario declarado para todo el territorio provincial, para todas las actividades productivas, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022.

    Que en el Acta de la reunión de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria de fecha 14 de diciembre de 2022, conforme lo establece el artículo 6° de la Ley Nº 5.978, se hace constar la presentación del informe sobre las acciones y asistencias que se desarrollaron desde el gobierno provincial para paliar la situación de sequía y emergencia que sufrieron los productores durante el presente año, y se expresa que aún se mantienen críticas las condiciones climáticas, meteorológicas, biológicas y físicas, sequía, falta de precipitaciones, temperaturas elevadas, bajo porcentaje de humedad que afectan la producción o la capacidad de producción dificultando gravemente la evolución de las actividades agropecuarias, lo que conlleva graves y elevadas pérdidas productivas y económicas en establecimientos agropecuarios, afectando el cumplimiento de las obligaciones crediticias y fiscales. Estos factores, según estudios de la Comisión, se prolongarán en los siguientes meses.

    Que con el objetivo de prevenir eventos dañosos y mitigar los daños causados por los factores mencionados, que justifican el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria considera pertinente que una vez evaluadas las condiciones y daños, se solicite la extensión de la vigencia de la emergencia agropecuaria en todo el territorio provincial y para todas las actividades agropecuarias.

    Que en virtud de lo tratado en la reunión de la Comisión Provincial Agropecuaria de fecha 14 de diciembre y del análisis de la situación actual de los sectores productivos conforme a la proyección de las condiciones climáticas para los siguientes meses por el prolongado evento crítico climático de sequía que atraviesa la provincia, seguido de posibles focos de incendios que se puedan desarrollar en el transcurso del verano por altas temperaturas, el Ministro de Producción recomienda y solicita al Gobernador de la Provincia la extensión de la declaración de emergencia agropecuaria por el término de ciento ochenta días a partir del 1 de enero de 2023 para la totalidad de las explotaciones productivas en todo el territorio provincial.

    Que para acogerse a los beneficios que se otorgan, los productores damnificados acreditaron su situación de tales mediante la presentación de las declaraciones juradas elaboradas al efecto.

    Que, evaluadas y aprobadas las declaraciones juradas presentadas, se procedió a emitir por parte de la Dirección de Economía Agraria del Ministerio de Producción los Certificados de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a los productores damnificados que acreditaron tal situación.

    Que los Certificados de Emergencia y/o Desastre Agropecuario emitidos tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme el artículo 1º del Decreto Nº 2.060/2022.

    Que los productores agropecuarios afectados que han presentado sus respectivas declaraciones juradas y han recibido sus correspondientes Certificados de Emergencia y/o Desastre Agropecuario aún no han recuperado sus niveles de producción ni la capacidad productiva de sus establecimientos en los que realizan sus actividades.

    Que, en virtud de ello, se torna necesario prorrogar el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en todo el territorio provincial para todas las actividades productivas, siendo necesaria la extensión del período de vigencia de los certificados otorgados por la autoridad competente a los productores damnificados a efectos de que puedan seguir contando con los beneficios que se otorgan.

    Que la asesoría legal del Ministerio de producción emitió el Dictamen N° 1162/2022.

    Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes.

    El Gobernador de la Provincia

    Decreta:

    ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE por el término de seis (6) meses, a partir del 01 de enero de 2023 y hasta el 01 de julio de 2023*, el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en todo el territorio provincial para todas las actividades productivas, declarado por Decreto N° 200/2022 y prorrogado por Decreto N° 2.060/2022.

    ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE la extensión del período de vigencia de los Certificados de Emergencia y/o Desastre Agropecuario hasta el 01 de julio de 2023*.

    ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE a la autoridad de aplicación a gestionar las medidas pertinentes tendientes a dar cumplimiento a la presente prórroga.

    ARTÍCULO 4º: El presente decreto es refrendado por los ministros de Producción y de Hacienda y Finanzas de la Provincia.

    ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.



     

    Dr. Gustavo Adolfo Valdés

    C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini

    Ing. Claudio Horacio Anselmo

     

     

    Publicado en el Boletin Oficial: Fecha 29-12-2022 y *09-01-2023 (Fe de Erratas - Pág 5)