Resolución General N°255-2024: Prórroga de Vencimiento para Agentes de Retención de Sellos

         RESOLUCIÓN GENERAL (D.G.R.) N° 255/2024

                 CORRIENTES, 08 de Febrero de 2024

     

    V I S T O:

    El expediente administrativo Nº 123-0802-02153-2024, S/ Prorroga Vencimiento Agentes de Retención de Sellos; iniciado por la Subdirección Impositiva y de Fiscalización; a través del cual se pone en conocimiento la situación particular de necesidad de cambio de los vencimientos previstos para el próximo 14/02/2024, y;

    C O N S I D E R A N D O:

    Que, por Decreto Nº 3519/2023 se estableció como facultad reglamentaria atribuida a esta Dirección General, la de prorrogar los plazos de vencimientos de los tributos que recauda ante el evento de determinadas cuestiones. Así, el marco normativo dispuesto en el artículo 8° del referido Decreto establece: “HABILITASE a la Dirección General de Rentas la facultad de prorrogar cualquier vencimiento fijado por el presente Calendario de Fiscal para el año 2024, hasta en un máximo de cinco (5) días, cuando necesidades de índole operativa funcional así lo determinasen.”.

    Que, así ante la necesidad de atender la implementación de nuevos parámetros a ser informados por los agentes de recaudación, como así también mejoras en la interfaz de carga de información, se requiere la actualización del sistema y por ende la prórroga de las fechas de los vencimientos.

    Que, ha tomado la debida intervención el Departamento Técnico Jurídico.

    POR ELLO;

    EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

    R E S U E L V E:

    ARTICULO 1º: PRORROGAR las fechas de vencimientos previstas para la Declaración Jurada de los Agentes de Retención de Sellos y para el pago de la segunda quincena del mes de enero de 2024, establecidas en el artículo 2º punto V, del Decreto Nº 3.519/2023, Calendario Fiscal 2024, por el plazo de 5 días hábiles.

    ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE a los Departamentos, Delegaciones y Receptorías dependientes de esta Dirección General y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Corrientes vía correo electrónico. Publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio oficial del Organismo en Internet. Cumplido procédase a su archivo.