Decreto N? 3329- Asueto Administrativo Provincial 2015

                CORRIENTES, 21 de diciembre de 2015

     

    VISTO:

    La proximidad de las festividades de Navidad y Año Nuevo, y 

    CONSIDERANDO: 

    Que la Navidad es, después de la Pascua de Resurrección, la festividad más importante del calendario ecle1ástico cristiano. La Nochebuena y la Natividad son  consideradas en el mundo cristiano días de alegría pero sobre todo de reflexión y reconciliación con el prójimo, que tradicionalmente se celebra en el seno del grupo familiar. 

    Que el 31 de diciembre es la fecha en que tradicionalmente se despide al "año viejo" y se recibe al "año nuevo", y se lo celebra con familiares y amigos reunidos en torno a la mesa. 

    Que numerosos agentes de la Administración Pública provincial deben trasladarse a distintas localidades de la provincia de Corrientes, a otras provincias de nuestro país e incluso a países vecinos, para reunirse con sus familiares a fin de celebrar las festividades de Navidad y Año Nuevo. Ello ocasiona todos los años un aumento considerable del tránsito vehicular. 

    Que a fin de facilitar ese traslado, se considera pertinente otorgar asueto administrativo al personal de la Administración Pública provincial los días 23,24, 28, 29,30 y 31 de diciembre de 2015. 

    Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, 

    EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

    DECRETA: 

    ARTÍCULO 1°: DECLÁRASE asueto administrativo los días 23, 24, 28, 29,30 y 31 de diciembre de 2015, en el ámbito de la Administración Pública provincial central y entes descentralizados y autárquicos. 

    ARTÍCULO 2°: INSTRÚYESE a los titulares de cada jurisdicción centralizada y descentralizada para que dispongan un sistema de guardias a fin de no interrumpir la normal prestación de los respectivos servicios públicos, de acuerdo con la necesidad de cada área. 

    ARTÍCULO 3°: EL presente decreto es refrendado por los Ministros Secretario General y de Coordinación y Planificación.

    ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.