Deudores en Gestión Judicial -oculto

    Consulte aquí Contribuyentes que registren ejecuciones fiscales activas (apremios). 

    Se consideran Apremios activos a aquellos que involucren:

    • Deudas que no se encuentren en proceso de regularización en planes de pago o que incluidos en planes de pago no hayan sido canceladas.
    • Deudas con y sin sentencia judicial.
    • Deudas con medidas cautelares. 

     

    La Dirección General de Rentas actualizará la nómina de deudores en proceso judicial periódicamente. Asimismo podrá revocar, modificar, sustituir o complementar el padrón de esta categoría de deudores, cuando se detecten circunstancias que ameriten su modificación (pagos, cancelación de planes de pagos; imputación de transferencias, etc.).