Resolución General Nº 160/2016 Formulario de Allanamiento de Multas Formales y Materiales.

                                                                                                                                   CORRIENTES, 03 de Agosto de 2.016.  

    VISTO:

    Las atribuciones establecidas en los artículos 9º, 10º, 36º, 37º, 37º bis y 43º del Código Fiscal vigente y sus modificatorias. 

    CONSIDERANDO:

    Que, con el objeto de acelerar y dar certeza al cobro de las Multas Formales y Materiales, se implementa un procedimiento abreviado en la tramitación de los sumarios contenciosos fiscales, el cual denominaremos “Sumario Express”.

    Que, conforme lo tipifica el artículo 43º, del Código Fiscal, no existen multas sino en virtud de un sumario.

    Que, existen contribuyentes que con la determinación de impuestos en procedimientos de fiscalización efectúan el reconocimiento de las diferencias detectadas, como así de las infracciones formales y materiales, suscribiéndose a distintos planes de pagos; sin embargo, ante el incumplimiento de los mismos esta Administración Tributaria no cuenta con el antecedente de Ley, es decir la Resolución de Aplicación de la Multa, para la ejecución y cobro de sus acreencias por dicho concepto, en virtud de ello resulta necesario la implementación del procedimiento establecido en la presente normativa.

    Que, el agente fiscalizador se encuentra facultado para que al momento de Notificar la Corrida de Vista, anoticie la Instrucción del correspondiente Sumario Contencioso Fiscal, por los deberes formales y materiales detectados en la fiscalización efectuada, en dicho acto se le pone en conocimiento al Contribuyente de los beneficios del allanamiento a la determinación y Multas.

    Que, anoticiado el Contribuyente de la Instrucción Sumarial y con su manifestación de pago, conforme a los importes resultantes de las infracciones que le fueron notificadas en la misma, se dicta la Resolución de Aplicación de la/s multa/s referida/s precedentemente.

    Que, con la Resolución de Multa/s el Contribuyente, suscribe un Formulario de Allanamiento, desistiendo a la presentación de todo descargo y/o recursos establecidos en los artículos 43º, 58º ss y cc del Código Fiscal; conforme al formulario de allanamiento, que como Anexo I se agrega al presente.    

    Que, dicho formulario resulta de vital importancia para el procedimiento a implementarse, el cual dará celeridad y certeza en el cobro de las sanciones tributarias reconocidas por el Contribuyente.

    Que, el Departamento Técnico Jurídico de esta Dirección General ha prestado la debida intervención.

    Por ello:  

    EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS 

    RESUELVE: 

    ARTICULO 1º: APROBAR el Formulario de Allanamiento de Multas Formales y Materiales, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente. 

    ARTICULO 2º: LA VIGENCIA de la Resolución será a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. 

    ARTICULO3: COMUNÍQUESE a los Departamentos, Delegaciones y Receptorías dependientes de esta Dirección y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Corrientes. Publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio Web institucional. Cumplido, procédase a su archivo.

     

    Anexo I