Resolución Ministerial Nº 00578 - 2016 Prórroga del Decreto 1182/2015

    VISTO:

    El expediente N° 123-20-12-25229 caratulado: “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS S/ PROYECTO DE RESOLUCION MINISTERIAL PLAN REGULARIZACIÓN MULTAS DECRETO 1182/2015", y

    CONSIDERANDO:

    Que en estas actuaciones se tramita la prórroga de la vigencia del Decreto N° 1.182 del 18 de mayo de 2015, por medio del cual se estableció un régimen extraordinario de regularización de multas por infracciones formales o materiales que se encuentren en instancia de cobro administrativa o judicial, hasta e! 30 de junio de 2017, cuya recaudación se halla a cargo de la Dirección General de Rentas (DGR).

    Que a fin de posibilitar la incorporación del mayor número de contribuyentes al régimen instituido, posibilitando la correcta presentación de la documentación que resulta necesaria, acorde a lo establecido por la Dirección General de Rentas, resulta conveniente prorrogar la fecha de vencimiento para la incorporación al régimen establecido.

    Que de conformidad a lo establecido en el artículo 10 inciso 3, del Código Fiscal modificado por Ley N° 6.250, y por aplicación del articulo 5º del Decreto N° 1.182/2015, intervino la Dirección General de Rentas.

    Que a fs. 05 la Dirección de Asesoría Legal de este Ministerio emitió el Informe N° 0001271 de fecha 21 de diciembre de 2016, en el cual no formuló objeciones legales respecto al anteproyecto de resolución adjunta a fs. 02, por lo que consideró admisibleyprocedente lo tramitado.

    Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 5o, del Decreto N° 1.182/2015.

    Por ello,

    EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

    RESUELVE:

    ARTÍCULO 1°: PRORROGAR la fecha de vencimiento para incorporarse a los beneficios instituidos por del Decreto N° 1.182 de fecha 18 de mayo de 2015, hasta el día 30 de junio de 2017, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

    ARTICULO 2°: COMUNICAR, publicar, notificar al Boletín Oficial para su publicación y pasar a la Dirección General de Rentas de este Ministerio de Hacienda y Finanzas, a sus efectos.