Consulte aquí Contribuyentes que registren ejecuciones fiscales activas (apremios).
Se consideran Apremios activos a aquellos que involucren:
La Dirección General de Rentas actualizará la nómina de deudores en proceso judicial periódicamente. Asimismo podrá revocar, modificar, sustituir o complementar el padrón de esta categoría de deudores, cuando se detecten circunstancias que ameriten su modificación (pagos, cancelación de planes de pagos; imputación de transferencias, etc.).